Subsidio de Retiro

Guía de trámites

Subsidio de Retiro

Subsidio de Retiro

Resolución

Aprobación por parte del Directorio de CAFAR

Plazo

Si la documentación es la correcta y está completa, se presentará en la primera reunión de Directorio posterior a la presentación para su aprobación.

Requisitos

Condiciones para su obtención:

Ser afiliado de CAFAR Jubilado Ordinario, Extraordinario, donde CAFAR resulte Caja Otorgante; y activo que falleciere en actividad.

Documentación necesaria

– Solicitud del Subsidio de Retiro confeccionada por el beneficiario.

Beneficios de la Prestación

El importe del Subsidio, a pagar por única vez, será equivalente hasta mil quinientos (1.500) módulos al valor del módulo vigente a la fecha en la cual se adquiere el derecho a la percepción del beneficio jubilatorio.

Forma de Pago

El cobro del Subsidio se realizará dentro de la primera liquidación del beneficio jubilatorio.

Contacto

Sector Prestaciones. prestaciones@cafar.org.ar – Tel 442-0000 opción 1

Comunicate de manera ágil vía WhatsApp

Cuentas Corrientes de Aportes y Préstamos

221-418-9491

 

Mesa de Entradas

221-498-5143

 

Prestaciones

221-619-8699

 

Consulta y solicitud de Préstamos

221-498-4148

 

Emergencias Médicas para beneficiarios

  UDEC S.A., las 24hs 365 días del año

Atención al Farmacéutico