Pensiones

1. Pensión

El fallecimiento del profesional o la declaración judicial de su fallecimiento presunto, genera el derecho a pensión de los causahabientes enunciados en el Art. 52 de la Ley 10087 y sus modificaciones. La pensión es una prestación derivada del derecho a jubilación del causante que en ningún caso genera a su vez derecho a pensión.

 

Requisitos

Los requisitos para acceder a  la prestación están establecidos entre los Art. 52 a 60 de la Ley 10087 y sus modificatorias.

 

 

COMO INICIAR EL TRAMITE

Comunicarse con el Sector de Prestaciones de CAFAR (prestaciones@cafar.org.ar o vía Whatsapp al 221-619-8699) De este modo verificaremos las condiciones para acceder al Beneficio.

Reglamentación

2. Pensión por Reciprocidad Caja Otorgante

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3. Pensión Reciprocidad Caja Participante

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